Revisiones del SAT

Sabias que el SAT a fin de comprobar que los contribuyentes, los responsables solidarios, los terceros con ellos relacionados o los asesores fiscales han cumplido con las disposiciones fiscales y aduaneras y, en su caso, determinar las contribuciones omitidas o los créditos fiscales, así como para comprobar la comisión de delitos fiscales y para proporcionar información a otras autoridades.

Para esto tiene como facultades de comprobación las siguientes:

REQUERIMIENTOS POR ERRORES ARITMÉTICOS, OMISIONES Y OTROS.

Consiste en rectificar los errores aritméticos, omisiones u otros que aparezcan en las declaraciones   mediante requerimiento al contribuyente de la presentación de la documentación que procede ante las autoridades fiscales a fin de rectificar el error u omisión correspondiente.

REVISIÓN DE CONTABILIDAD Y REQUERIMIENTO DE DATOS

Pueden solicitar que presente en su domicilio, en las oficinas de   las propias autoridades o en el buzón tributario, dependiendo de la forma en que se realizó el requerimiento, la contabilidad, entrega de datos, documentos o informes solicitados para su revisión.

VISITAS DOMICILIARIAS

Practicar visitas a los contribuyentes para revisar su contabilidad, bienes y mercancías.

REVISIÓN DE DICTÁMENES DE CONTADORES.

Puede revisar los dictámenes de estados financieros efectuados por contador público o sobre enajenación de acciones o cualquier otro dictamen que tenga repercusión para efectos fiscales.

VISITAS DOMICILIARIAS EN MATERIA DE COMPROBANTES DE RFC   U OTROS.

Practicar visitas a los contribuyentes para revisar que se cumpla las obligaciones respecto de comprobantes expedidos.

REVISIÓN INFORMÁTICA.

Plataforma por la que con base en datos o cruce de información algorítmica le permite a la autoridad fiscal monitorear o alertar comportamientos atípicos o áreas vulnerables de tributación y cumplimiento de obligaciones fiscales tanto de forma como de pago o entero. Incluye discriminación de información por sector, giro industrial, ciudad, municipio, etc.

REVISIÓN ELECTRÓNICA.

Este procedimiento consiste en el empleo de los sistemas electrónicos  de almacenamiento y procesamiento de datos con los que cuentan las autoridades fiscales que le permiten, mediante el cruce de información, identificar los hechos u omisiones que pudieran entrañar un incumplimiento de las disposiciones fiscales y, en su caso, emitir una preliquidación de las contribuciones omitidas, a efecto de que el contribuyente corrija su situación fiscal, culminando con la emisión de la resolución definitiva correspondiente en la que, previa calificación de los hechos u omisiones advertidos, en su caso, determine en cantidad líquida el monto de las contribuciones omitidas.

TAMBIEN PUEDE EL SAT REALIZAR CRUCE DE INFORMACION CON LAS AUTORIDADES LABORALES.

Apoyándose en la información que se genera con el Sistema Financiero Mexicano, CFDI, IMSS, INFONAVIT, Discrepancia fiscal, declaraciones informativas, aviso de actividades vulnerables, demandas laborales, dominios de servidores o web.

CARTAS INVITACIÓN, PROPUESTA DE AUTOCORRECCION Y COMPORTAMIENTOS ATÍPICOS DETECTADOS POR LAS AUTORIDADES.

Cartas invitación analiza la información de su base de datos y detecta diferencias o inconsistencias.

Propuesta de autocorrección. Valorar si es conveniente corregir alguna circunstancia que lo amerite.

Comportamientos atípicos, variación abrupta en montos declarados, disminución, disminución drástica de trabajadores, cruce de información.

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