ENVÍO DE COMUNICADOS A LOS CONTRIBUYENTES POR DISCREPANCIAS
DETERMINADAS POR LA AUTORIDAD


La autoridad continuará fortaleciendo sus facultades de comprobación, por lo que se
dará una mayor fiscalización mediante todas las herramientas digitales que hoy tiene,
como cartas invitación a los contribuyentes para cumplir con los pagos de impuestos
para ponerse al corriente, así como más revisiones virtuales, más revisiones profundas
las cuales se han perfeccionado a través de lo años, como la generación de la factura
electrónica que se impulsó desde 2004 para hacerla obligatoria en 2014.
Debido a lo mencionado se debe considerar: 
Realizar una revisión de todas las operaciones, con el fin de identificar sus
obligaciones fiscales en materia de CFD. poniendo atención en los plazos de emisión.
Recabar los CFDI en los plazos previstos en las disposiciones fiscales, así como revisar
que cumplan con los requisitos establecidos en el Anexo 20 y las guías de llenado.
Revisando la clasificación de los actos o actividades en materia de IVA (gravados,
exentos o no objeto), así como identificar aquellas operaciones que no tienen un efecto
en el cálculo del factor de acreditamiento.
Identificar el método de pago de sus CFDI, PUE o PPD y, en consecuencia, la emisión
del CFDI con complemento de pagos.

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