Los pequeños contribuyentes que paguen el ISR con el estimado de ingresos no podrán declarar otros ingresos

Esto es, en lugar de que el SAT calcule con todos los elementos en la mano a cuánto ascienden los ingresos anuales del contribuyente y con base en eso cobre impuestos, simplemente los estima con base en presuposiciones. Una vez hecho esto, el contribuyente afiliado al RIF tiene que pagar unas cuotas fijas de ISR.

La Suprema Corte de Justicia sacó una jurisprudencia según la cual los contribuyentes que hayan optado por pagar con base en las estimaciones del SAT no podrán presentar ingresos distintos, ni siquiera en ceros, pues esto sería incongruente con las tablas que determinan el pago que deben hacer. Si desean cambiar la estimación del SAT deberán presentar un aviso de suspensión de actividades.

El RIF es un esquema en el que únicamente puede estar personas físicas que no tengan ingresos mayores a los dos millones de pesos anuales y realicen operaciones como enajenación de bienes, presten servicios o vendan por comisión. Las personas registradas en el RIF también pueden percibir ingresos por sueldos, arrendamientos e intereses.

Este régimen fiscal tiene beneficios considerables, como un descuento en el pago del impuesto sobre la renta (ISR) del 100 por ciento en el primer año. Este descuento irá disminuyendo 10 por ciento años con año, hasta cumplirse los diez años que dura el régimen. Una vez concluido éste, el contribuyente deberá tributar en el régimen de personas físicas con actividad empresarial y profesional.

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