CFDI por recepción de pagos en factoraje financiero

Cuando un contribuyente utiliza esta herramienta mantiene una estructura financiera solvente y sana, por ello es importante la emisión de un CFDI

El factoraje es un contrato por el cual el factorante conviene con el factorado adquirir los derechos de crédito que este último tenga a su favor por un precio determinado o determinable, en moneda nacional o extranjera (art. 419, LGTOC).

Con independencia de la fecha y forma en que se cubra, es posible pactar cualquiera de las siguientes modalidades, que el factorado:

  • no quede obligado a responder por el pago de los derechos de crédito transmitidos al factorante, o
  • se constriña solidariamente con el deudor, a responder del pago puntual y oportuno de tales derechos

Todos esos derechos pueden transmitirse mediante un contrato de factoraje financiero, sin el consentimiento del deudor, a menos que la transmisión esté prohibida por la ley, no lo permita la naturaleza de los créditos, o en los documentos en donde consten se hubiese convenido expresamente la restricción de ser objeto de una operación de esta índole.

Esta figura es muy utilizada en la práctica por los contribuyentes, pues logra una estructura financiera y solvente, por tal motivo es importante conocer cómo debe emitirse el CFDI de recepción de pagos.

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