INEGI – UMA: Unidad de medida y actualización 2020

El 10 de enero de 2020 han sido publicados en el Diario Oficial de la Federación los valores de la unidad de medida y actualización (UMA) vigentes a partir del 1 de febrero de 2020, los cuales son:

Diario:                    $86.88

Mensual:               $2,641.15

Anual:                    $31,693.80

El valor de la UMA será aplicable a partir de febrero de 2020 y hasta enero del ejercicio siguiente.

Algunas consideraciones sobre la aplicación de la UMA en materia laboral y fiscal se comentan a continuación.

Aspectos laborales

El monto mínimo que puede percibir un trabajador por el pago de sus servicios es el salario mínimo, emitido por la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos. No se aplica la UMA.

Las remuneraciones y prestaciones pactadas con los trabajadores, cuya referencia sea el salario mínimo, deben atenerse a los contratos.

El límite salarial en la determinación de la prima de antigüedad se calcula conforme al salario mínimo. No se aplica la UMA.

Para determinar el monto de la pensión, actualización o límites debe atenderse al salario mínimo, sin que resulta aplicable la UMA.

Aspectos fiscales

Conforme al acuerdo emitido por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el salario base de cotización (SBC), se determina conforme al valor de la UMA vigente, así como las exenciones aplicables al SBC o límites salariales.

El SBC mínimo con el que debe cotizar un trabajador es el salario mínimo aplicable en la zona económica del país, sin que sea aplicable la UMA; en tanto que el límite superior máximo es de hasta 25 veces el valor de la UMA, aplicable a nivel nacional.

Para la aplicación de los conceptos excluyentes del SBC en materia de seguridad social, debe considerarse la UMA conforme a los parámetros establecidos.

En la determinación de la amortización correspondiente al primer bimestre de cada ejercicio fiscal, a partir del ejercicio 2017, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) pone a disposición de trabajadores y patrones la mecánica para su cálculo, concluyendo que el valor aplicable a dicho bimestre no será superior al crecimiento porcentual de la UMA.

Asimismo, los créditos a la vivienda en veces de salario mínimo (VSM) se determinan con base en la unidad mixta Infonavit (UMI), por lo anterior, se espera que en los próximos días se emita una actualización a la UMI por parte del Infonavit y el Sistema Único de Autodeterminación (SUA), para el entero de los créditos a la vivienda.

En materia de impuestos federales y locales, incluso en aquellos que gravan sueldos y salario, en toda referencia al salario mínimo que se haga en el texto legal debe considerarse como aplicable la UMA.

Aspectos sancionatorios y de cumplimiento

La UMA se utiliza como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia para determinar la cuantía del pago de obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales y de entidades federativas, así como en las disposiciones jurídicas que emanen de dichas leyes, como son multas, derechos e impuestos.

Como siempre, el personal de GRUPO ANVA está a sus órdenes para analizar de manera detallada los efectos que pueda tener en su empresa la aplicación de estas disposiciones.

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